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    Al crear una empresa con capital extranjero en Venezuela, se requiere en primer lugar darla de alta en el Registro Mercantil y en la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX) o en los organismos específicos que supervisen el sector donde se vaya a realizar la inversión, tales como la Superintendencia de Seguros, de Bancos, etc. De acuerdo con el Código de Comercio, son consideradas sociedades extranjeras las compañías domiciliadas en el exterior, independientemente de que tengan o no en el país el objeto principal de su explotación, comercio o industria. Estas compañías pueden establecerse en el país mediante las siguientes formas: creando una compañía con responsabilidad jurídica propia e independiente; creando una subsidiaria; constituyendo una sucursal; creando una casa de representación; o realizando contratos de transferencia de tecnología o licencias sobre patentes y marcas.

    Las formas de sociedad mercantil contempladas en la legislación venezolana son las siguientes:

    Los tipos de empresas más usuales en Venezuela son las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; en ambos casos, los pasos que se deben dar para su reconocimiento legal son los que a continuación se enumeran:

    Si en lugar de una empresa se desea instalar una sucursal de otra extranjera, será preciso nombrar un representante legal con poderes bastantes para actuar en nombre de la casa matriz. Además, deberá presentar los siguientes documentos: poder a nombre de un abogado venezolano, copias legalizadas de las escrituras donde conste la representación legal y el acta de la asamblea extraordinaria donde conste la designación del representante y sus atribuciones.
    Las compañías extranjeras pueden actuar a través de un agente propio, un representante comercial o un distribuidor debidamente autorizado. No existe ninguna protección especial para los agentes comerciales ni para los distribuidores, por lo que la relación debe establecerse libremente, mediante contrato subscrito por ambas partes; de esta forma, los únicos derechos que posee el distribuidor o el agente son los especificados en el contrato, respetando siempre las condiciones mínimas establecidas por el Código Civil y por el Código Mercantil sobre los contratos de agencia y de representación.

    Otra opción para establecer una empresa venezolana es a través de la figura denominada "EMA" o "empresa multinacional andina". El único requisito para adquirir esta denominación es el de controlar y administrar centros de producción situados en dos o más países de los integrantes del Pacto Andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela). Las sociedades anónimas pueden transformarse en empresas multinacionales andinas, adquiriendo de hecho todas las ventajas inherentes a las segundas. Este tipo de compañías se crearon bajo el sistema del Mercado Subregional Andino, mediante la Decisión n.º 292 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria n.º 4.284, de fecha 28/6/91. Estas compañías presentan una serie de ventajas que se enumeran a continuación:


    La Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX) tiene como misiones principales el registro de la inversión extranjera directa o subregional, el registro de las empresas multinacionales andinas, el registro de los contratos de importación de tecnología y sobre el uso y explotación de patentes y marcas, la concesión de la calificación de empresa y la concesión de la constancia de inversor nacional. En su desempeño atiende todos los sectores abiertos a la inversión mixta o extranjera, con excepción de las inversiones en los sectores petrolero, bancario, minero y asegurador.
    En el caso de las inversiones en los sectores petrolero, minero y petroquímico, el organismo responsable es el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General Sectorial de Tecnología y Promoción de las Inversiones. Entre otras, tiene las siguientes funciones: registrar las inversiones extranjeras, registrar los contratos sobre importación de tecnología, registrar el uso y explotación de patentes y marcas y conceder la constancia de calificación de empresa.
    En el caso del sector de los seguros, el organismo competente es la Superintendencia de Seguros, que tiene como principal atribución el registro de las inversiones extranjeras.
    En el caso del sector financiero, las inversiones extranjeras son controladas por la Superintendencia de Bancos.


    Por último, hay que señalar que en Venezuela existen sectores reservados, establecidos por el artículo n.º 26 del Decreto n.º 2.095:

 

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