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Perfil demográfico y social
Mercado laboral

 

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   El criterio para establecer la población activa en Venezuela toma como base la edad de 15 años, considerando a este grupo humano como personas con capacidad para desarrollar un trabajo. Con esta premisa, la población económicamente activa era de 9.024.627 personas en 1996.

    Durante 1996, el mercado laboral venezolano se caracterizó por un exceso de oferta con origen en el crecimiento de la fuerza de trabajo en un 4,8%, aumento superior al experimentado por la ocupación que sólo lo hizo en 2,2%. Esta situación determinó que la tasa de desempleo pasara del 10,2% al 12,4%. Durante el primer semestre de 1997 el número de desocupados mejoró levemente al descender la tasa al 12,1%.
    La expansión de la oferta de trabajo se produjo, de forma particular, en el grupo de las mujeres (8%), al igual que sucedió el año anterior cuando la incorporación de este sector de la población al mercado laboral se incrementó en un 16%. Estos comportamientos pueden responder a la necesidad de preservar el ingreso real del grupo familiar, que se ha venido deteriorando por la aceleración de la inflación. No obstante, también se constata un crecimiento en la oferta de trabajo del grupo de los hombres, que en 1996 aumentó en un 3,2% (4,5% en 1995). Más moderadas resultan estas expansiones en el primer semestre de 1997, según los primeros datos provisionales.
    Por su parte, la demanda de trabajo, medida a través de la ocupación total, aumentó en un 2,2% (6,0% en 1995); en los primeros meses de 1997 esta demanda creció en un 1,5%.

    Como resultado final, el número de personas paradas se incrementó en casi 200.000 durante 1996, a los que hay que añadir unos 3.000 más al finalizar el primer semestre de 1997.
    En total, la desocupación abierta alcanzó la cifra de 1,1 millones de personas, dato que, en relación con 1995, representa un desempleo adicional de 242.000 personas. Este considerable aumento de la desocupación incluyó un notable porcentaje de personas que buscaban trabajo por primera vez: 21,3%.
    En definitiva, la tasa de desempleo de 1996 se situó en el 12,4% de la población activa, frente al 10,2% del año anterior; además, la serie histórica indica un crecimiento sostenido desde 1991.
    Por ramas de la actividad económica, el mayor porcentaje de parados se da en los sectores de la construcción (20,5%), de la industria manufacturera (11,9%) y en la explotación de hidrocarburos, minas y canteras (10,8%). En el extremo opuesto, la tasa más baja de paro se produce en las actividades agrícolas (5,2% en 1996, 4,4% en 1997).
    Del total de la población activa, el 65,5% son hombres y el 34,5% mujeres; del total de la población desempleada, el 23,6% son hombres y el 76,4% son mujeres.

 

POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (1)
Miles de personas.
1970 1980 1985 1990 1995
2.969,7 4.802,4 5.751,4 6.888,5 8.134,5
(1) Se refiere a población de 10 años y más.
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe.

 

CONTRATOS DE TRABAJO COLECTIVOS, POR ACTIVIDAD ECONÓMICA
Año 1995.
Sector de actividad Número de contratos Trabajadores afectados
Agricultura y pesca 14 1.499
Explotación de minas y canteras 3 66
Industrias manufactureras 420 49.009
Electricidad, gas, agua y servicios sanitarios 1 181
Construcción 6 253
Comercio, restaurantes y hoteles 127 20.179
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 43 7.278
Establecimientos financieros, seguros, bienes inmuebles y servicios prestados a empresas 20 2.076
Servicios comunales, sociales y personales 186 47.915
Total 820 128.456
Fuente: Ministerio del Trabajo.

 

TASAS DE DESEMPLEO ABIERTO URBANO (1)
Tasas anuales medias.
1970 1980 1990 1993 1994 1995
7,8 6,6 11,0 6,8 8,9 10,9
(1) En el Distrito Federal.
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe.

 

    El salario nominal medio de los empleados y de los obreros creación en 41,7% durante 1996; en 1995 lo hizo en un 40,5% y en el período 1991-1994 creció con una tasa interanual del 31%.
    Con el fin de recuperar el poder adquisitivo de la población con menores ingresos, los salarios mínimos nominales, que permanecían fijos desde 1992, vienen siendo reajustados desde mayo de 1994, cuando el salario mínimo urbano se elevó de 9.000 a 15.000 bolívares mensuales. Para reforzar la política de ingresos salariales se estableció un subsidio de alimentación y de transporte equivalente al 2% del salario mínimo mensual para cada jornada de trabajo; este subsidio se hizo extensivo a todos los trabajadores de los sectores público y privado que devengaran salarios mensuales iguales o inferiores a tres salarios mínimos mensuales.
    Además, se aprobó una nueva escala de sueldos para los trabajadores profesionales, de apoyo técnico y administrativos de la Administración Pública Nacional; posteriormente, esta escala se aplicó a la mayoría de las instituciones financieras públicas.

    La nueva normativa, reflejada en la Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, de junio de 1997, implica la conversión en salarios de los bonos de alimentación y transporte que habían sido aplicados por el Gobierno. Al salario mínimo de 15.000 bolívares se añadió el incremento de estos bonos, elevando el ingreso a 75.000 bolívares, que pasa ahora a ser el nuevo salario mínimo. Cualquier diferencia por exceso de esta suma o de la suma del salario básico más los bonos decretados seguirá siendo un bono durante seis meses, plazo en el que todos los ingresos extras que bajo diferentes figuras perciba el trabajador pasarán a ser salario básico sobre el cual se calcularán las prestaciones y las utilidades.

    En el sector público, el sueldo mínimo actual es de 50.000 bolívares, más un bono compensatorio de otros 50.000 bolívares. En este caso, se convertirán en salarios los bonos de alimentación, de transporte y otros hasta 75.000 bolívares, más un remanente de 25.000 bolívares que se convertirá en salario en 180 días.

    La transferencia al nuevo régimen de salarios es obligatoria para todos los trabajadores. Por esta razón se fijó un bono compensatorio que tiene un tope general de 300.000 bolívares y un límite de diez años trabajados en el sector privado y 13 años en el público: si el empleado ha trabajado en la misma empresa más de diez años, sólo recibirá hasta ese período e, igualmente, si gana más de 300.000 bolívares sólo se le abonará lo correspondiente hasta esa fracción.
    En el caso en que ambos conceptos se sumarán, la suma será la cantidad que se adeude al trabajador; no obstante, las empresas del sector privado están obligadas a cancelar sólo el 25% de ese total en un plazo de seis meses. Por su parte, el sector público sólo cancelará 150.000 bolívares de ese total, distribuidos en tres pagas: 25.000 bolívares a los 45 días de promulgada la Reforma, 25.000 bolívares en otros 45 días y otros 100.000 bolívares en títulos públicos garantizados y negociables a corto plazo.
    Los trabajadores deben decidir dónde quieren que se deposite el resto de su dinero: en la misma empresa, en un fideicomiso o en una nueva figura denominada "Fondo de Prestación de Antigüedad". Las empresas privadas deberán realizar los depósitos en un plazo que nunca excederá los cinco años. Además, las cantidades depositadas en las empresas devengarán una tasa de interés que resultará de promediar la tasa activa con la tasa pasiva vigente en el sistema financiero.
    El pago de las prestaciones durante el primer año es de 60 días; después del segundo año, se añadirán dos días más de antigüedad por año, hasta completar un máximo de tres meses.
    Todos los años, durante el mes de enero, la Comisión Tripartita (formada por el Gobierno, los sindicatos y la patronal) fijará el salario mínimo que servirá de base para calcular anualmente y por adelantado las diferentes prestaciones que se abonarán al trabajador en doce pagas mensuales.

 

ÍNDICES GENERALES DE SUELDOS Y SALARIOS,
SEGÚN RAMAS DE ACTIVIDAD

Base: 1990=100.
Rama de actividad 1995 1996 Variación porcentual
Alimentos, bebidas y tabaco 436,42 642,80 47,29
Farmacias y perfumerías 399,71 543,19 35,90
Textiles, vestidos, calzado y cuero 374,01 519,07 38,79
Muebles y accesorios para el hogar, comercio, etc. 399,88 502,79 25,74
Ferreterías y quincallas 433,56 589,19 35,89
Comercio al menor no clasificado 372,87 537,57 44,17
Total 414,98 588,20 41,74
Fuente: Oficina Central de Estadística e Informática.

 

ÍNDICES GENERALES DE REMUNERACIONES,
SEGÚN RAMAS DE ACTIVIDAD

Base: 1990=100.
Rama de actividad 1995 1996 Variación porcentual
Alimentos, bebidas y tabaco 548,38 950,62 73,35
Farmacias y perfumerías 491,03 832,37 69,52
Textiles, vestidos, calzado y cuero 452,75 727,88 60,77
Muebles y accesorios para el hogar, comercio, etc. 484,87 750,65 54,81
Ferreterías y quincallas 534,59 837,17 56,60
Comercio al menor no clasificado 443,09 763,83 72,39
Total 511,82 855,92 67,23
Fuente: Oficina Central de Estadística e Informática.

 

    Aproximadamente el 39% de la población total del país está protegida de alguna forma por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

    El Reglamento de la Ley del Seguro Social determina dos tipos de beneficiarios: del Régimen General y del Régimen Parcial:

    La diferencia fundamental entre ambos regímenes es que en el segundo los asegurados no tienen derecho a la asistencia médica y a las prestaciones en forma de dinero para los casos de incapacidad temporal.

    Del total de beneficiarios, que en 1995 superaban los 8,4 millones, el 59% lo eran en concepto de "Familiares Clasificados Asegurados"; por su parte, el número total de patronos asegurados ascendía a 211.471.

 

POBLACIÓN, PATRONOS Y BENEFICIARIOS ASEGURADOS
Concepto 1994 1995
Población asegurada
Total
   Régimen general
      Riesgo mínimo
      Riesgo medio
      Riesgo máximo
   Régimen parcial
2.642.569
2.259.299
990.904
819.890
448.505
383.270
2.354.328
1.994.680
889.124
712.062
393.494
359.648
Patronos
Total
   Régimen general
      Riesgo mínimo
      Riesgo medio
      Riesgo máximo
   Régimen parcial
216.748
183.252
89.082
60.489
33.681
33.496
211.471
178.946
87.190
58.757
32.999
32.525
Beneficiarios
Total
   Asegurados cotizantes
      Régimen general
      Régimen parcial
   Pensiones
   Familiares asegurados
   Familiares pensionados
9.360.977
2.642.569
2.259.299
383.270
305.760
5.648.248
764.400
8.249.616
2.354.328
1.994.680
359.648
311.025
4.986.700
777.563
Fuente: Oficina Central de Estadística e Informática.

 

    Las empresas están obligadas a dar de alta a los trabajadores en el IVSS, institución que presta los servicios médico y asistencial a los trabajadores. En la práctica, dado el lamentable funcionamiento de los hospitales del IVSS, está muy extendido que los trabajadores contraten otros servicios asistenciales privados.
    La empresa contribuye al IVSS con un porcentaje que oscila entre el 9% y el 11% del salario; los trabajadores, por su parte, lo hacen con el 4%. También es necesario añadir otras contribuciones al INCE (formación profesional), para política habitacional, seguro de desempleo, almuerzo y guarderías.

    En un futuro próximo, los trabajadores podrán elegir libremente a qué tipo de sistema de salud desean acogerse, público o privado, dentro de la Seguridad Social. Esta innovación se desprende de los acuerdos alcanzados desde noviembre de 1996 en el seno de la Comisión Tripartita. Ya se han logrado acuerdos en materia de salud y desempleo forzoso, avanzándose, además, en la negociación sobre el destino del IVSS. Asimismo, se acordó crear el sistema de Seguridad Social que estará integrado por los diferentes subsistemas de salud afiliados al Régimen General.
    Este sistema será financiado por empresarios y trabajadores mediante un Fondo de Salud de nueva creación, que será administrado por un órgano tripartito. El aporte que se realizará al mismo será determinado por una serie de estudios que se están realizando, con el objetivo de establecer una cotización adecuada y realista. Igualmente se ha acordado que el seguro de desempleo forzoso constituiría otro subsistema, que se convino en separar financiera y administrativamente del IVSS.
    Por otra parte, el Estado creará un fideicomiso con un aporte inicial de 50.000 millones de bolívares para iniciar el Fondo de Pensiones. Además, se creará el Fondo de Solidaridad, sistema paralelo nutrido con los aportes de los trabajadores, los patronos y el mismo Estado. De esta forma, todos los ciudadanos tendrán garantizada una pensión mínima, cuyo monto final será establecido cuando se fije definitivamente la escala de salarios, devaluados brutalmente después de las depreciaciones monetarias de los años 1995 y 1996.
    Los fondos privados quedarán como herramientas complementarias, aunque estarán sujetos a procesos de revisión y adecuación cuando se complete el panorama de la política social venezolana.

 

PENSIONADOS POR EL INSTITUTO VENEZOLANO
DE LOS SEGUROS SOCIALES, SEGÚN TIPO DE PENSIÓN
Pensión 1993 1994 1995
Incapacidad parcial 10.458 10.430 11.819
Invalidez 53.584 52.875 52.563
Sobrevivientes 63.171 63.619 63.760
Vejez 178.771 178.836 182.883
Total 305.984 305.760 311.025
Fuente: Oficina Central de Estadística e Informática.

 

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