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La inversión
extranjera en Uruguay está regulada por un amplio espectro de normas, entre las
cuales corresponde destacar las siguiente:
-
Ley de Inversiones Extranjeras n.º 14.179, de 1974;
-
Ley de Promoción Industrial n.º 14.178, de 1974;
-
Ley de Zonas Francas n.º 15.921 y su Decreto
Reglamentario, de 1987;
-
Decreto de Capitalización de Deuda n.º 797, de 1987;
y,
-
Ley de Sociedades Anónimas Financieras de Inversión.
El régimen uruguayo de inversión
extranjera no es en realidad lo que en principio podría sugerir una rápida
lectura de las normas. Precisamente, la Ley de Inversiones Extranjeras limita el
acceso al crédito, establece un período mínimo de radicación del capital
extranjero y prevé un registro de éste último. Pero dado que el régimen de
esta ley es optativo, la inversión extranjera es perfectamente factible en
Uruguay sin ninguna de tales restricciones. La Ley de Promoción Industrial prevé
una serie de beneficios fiscales y crediticios para aquellos proyectos
declarados de interés nacional, sin discriminar entre nacionales y extranjeros.
Este sistema es el utilizado por el inversor, tanto nacional como extranjero, al
punto que podría decirse que el verdadero régimen de inversión extranjera está
contenido mucho más en la Ley de Promoción Industrial que en la propia Ley de
Inversiones Extranjeras.
Para Uruguay, país pequeño y de
escasos recursos, la inversión extranjera es una fuente de recursos
indispensable para financiar su desarrollo. El Gobierno uruguayo designó un
Comité de Expertos para que redactara un nuevo texto que reemplace la obsoleta
Ley n.º 14.179. Para llevar adelante dicha modernización del marco jurídico,
el país cuenta con el apoyo económico del Banco Interamericano de Desarrollo
(BID) y se estima que en este año quedará redactada la nueva ley que
actualizará la normativa vigente en la materia.
Dado que en la práctica casi todos los
inversores extranjeros utilizan la vía de la Ley de Promoción Industrial,
conocer con exactitud las estadísticas de inversiones extranjeras no es tarea
nada fácil, pues al no distinguir el origen de las inversiones no quedan
registradas como extranjeras.
La política del Gobierno pretende
favorecer y estimular la inversión en todos los sectores de la economía,
particularmente vía compañías o grupos de compañías cuyas actividades sean
declaradas de interés nacional, inversores en las zonas francas y entidades
financieras de inversión. Se incentivan todas las inversiones, sin discriminación
entre inversores locales y extranjeros; el inversor extranjero es considerado
por la legislación uruguaya de forma idéntica el inversor local, por tanto,
los incentivos existentes para la inversión están a disposición de ambos. La
inversión extranjera es bien recibida por los empresarios, industria y banca
local.
El sistema de incentivos, relativamente complejo, está diseñado
básicamente para estimular las exportaciones no tradicionales, incrementar la
producción, la utilización de las materias primas locales no explotadas y la
creación de empresas relacionadas con el turismo, la forestación, la minería
y las agroindustrias, entre otros.
La mencionada Ley de Promoción Industrial establece una
serie de incentivos para promover las actividades industriales que cumplan con
los objetivos de política económica y social establecidos por el Gobierno. Los
beneficios promocionales consisten en la asistencia crediticia y en exenciones
fiscales únicamente garantizadas para las actividades que previamente hayan
sido declaradas de interés nacional por parte del Poder Ejecutivo. Para obtener
la calificación de "interés nacional", la compañía, grupo de compañías
o sector industrial deben presentar un proyecto de inversión en una actividad
industrial o turística que cumpla como mínimo con uno de los objetivos
siguientes:
-
obtención de mayor eficiencia en la producción y
comercialización, basándose en los niveles adecuados de dimensión,
tecnología y calidad;
-
aumento y diversificación de las exportaciones de
bienes industrializados, en especial aquellos que incorporen un mayor valor
agregado a las materias primas;
-
localización de nuevas industrias y expansión o
reforma de las instalaciones existentes, obteniendo un mayor provecho de las
materias primas de la región, mercados y fuerza laboral disponible;
-
respaldo a programas seleccionados de investigación
tecnológica aplicada, orientados a la utilización económica de materias
nacionales no explotadas; y,
-
incremento de la incidencia económica del sector turístico
mediante el mejoramiento y la aplicación de la infraestructura turística
nacional.
Pueden acceder a la calificación
"de interés nacional", de igual forma, las empresas nacionales y las
extranjeras. El Gobierno, por propia iniciativa, ha garantizado la situación de
interés nacional a distintas actividades y ha declarado a muchas empresas como
compañías de interés nacional, sin la necesidad de tener proyectos de inversión
específicos. Los sectores más beneficiados son actualmente las instalaciones
hoteleras, el desarrollo de la forestación y la promoción y el desarrollo de
la minería metálica y no metálica para la exportación.
Los sectores que ya han obtenido esta calificación son los
siguientes: carnes, curtiembres, acabado del cuero, productos de cuero,
textiles, productos lácteos, tejidos de punto, confecciones, pesca,
procesamiento de frutas y hortalizas, arroz, piedras semipreciosas, jabones,
vidrio, objetos de loza y porcelana, productos de arcilla, malteado y torrefacción
de la cebada, extracción y transformación de mármoles y granitos y la
prospección, beneficio y concentración de minerales metálicos.
La Ley de Promoción Industrial establece que los incentivos
fiscales garantizados por el Gobierno para las actividades declaradas de interés
nacional pueden variar en los siguientes términos:
-
Exención total o parcial de todos los tipos de
impuestos, así como descuentos en las tarifas o precios de los servicios
ofrecidos por el Estado.
-
Exención de hasta un 60% de los impuestos relativos a
la Seguridad Social del empresario.
-
Exención de los impuestos sobre las rentas.
-
Exención de las tasas portuarias o cargas adicionales
en la importación de bienes de equipo industriales, maquinaria o piezas de
recambio.
-
Las deudas fiscales que deriven de las importaciones,
costes de aduana y tarifas portuarias relacionadas con la instalación de
una nueva actividad o la expansión o modernización de una industria
existente vía incorporación de equipamiento destinado a la producción
para la exportación pueden pagarse en un período equivalente al de la
financiación extranjera obtenida para tal equipamiento.
-
El reembolso del IVA incluido en el precio de compra o
de arrendamiento de distintos tipos de activos fijos.
Además, existen una serie de leyes y
decretos que establecen regímenes especiales para diferentes sectores: pesca,
productos lácteos, forestación, minería y turismo. La solicitud de declaración
de interés nacional para todas aquellas actividades que no hayan obtenido automáticamente
dicha calificación deberá dirigirse a la Unidad Asesora de la Promoción
Industrial (Uapi) del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con un
proyecto de inversión que deberá cumplir con los requisitos de la Uapi y las
facturas proforma de los equipos a ser importados. Si la solicitud involucra
asistencia crediticia, se tendría que incorporar una carta de la institución
bancaria garantizando la participación en la operación de crédito.
Los inversores extranjeros tienen
acceso al crédito local en las mismas condiciones que los nacionales. La oferta
crediticia del país se ha caracterizado por ser básicamente a corto y medio
plazo. La falta de oferta crediticia privada a largo plazo se viene supliendo
con la existencia de líneas de crédito promocional del Banco de la República
Oriental del Uruguay para determinado tipo de actividades y desde 1986 existe
otro método de financiación de proyectos consistente en acuerdos de canje de
deuda externa. El citado banco tiene dos líneas de crédito con las cuales
participa en la financiación de las inversiones:
-
Líneas de crédito promocional destinadas a la
financiación de proyectos nuevos en los sectores considerados prioritarios
por el Gobierno, incluyendo financiación de inversiones de bienes de
capital de la pequeña y mediana empresa, financiación de estudios de
inversión y viabilidad, financiación de inversiones destinadas a
economizar energía, líneas especiales de asistencia a inversiones en
reformas o reequipamientos de hoteles y restaurantes.
-
Línea clásica de préstamos para actividades
agropecuarias e industriales, que incluye una línea de crédito rural, otra
para el Plan Agropecuario y otra para el crédito industrial.
Algunos organismos multilaterales e
instituciones europeas ayudan a los inversores a incorporarse a los proyectos
uruguayos:
-
Banco Interamericano de Desarrollo (BID): tiene como
objetivo contribuir a la financiación del desarrollo económico de Iberoamérica.
Los créditos del BID son una buena opción para aquellos proyectos sólidos
y que supongan una inversión considerable.
-
Banco Mundial. Está jugando un importante papel en
Uruguay; aparte de una serie de préstamos ya concedidos, ha mostrado interés
en financiar créditos para la reconversión industrial.
-
International Investment Partners (Ecip). Es un
instrumento financiero de la Unión Europea destinado a ofrecer contribución
financiera a las inversiones en forma de empresas conjuntas que realicen las
compañías europeas con empresas iberoamericanas. Las operaciones que
financian son identificación de proyectos y socios potenciales, operaciones
previas a la creación de empresas conjuntas, financiación de estudios de
viabilidad, financiación de las necesidades de capital y formación y
asesoramiento de cuadros.
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